Leyes Impositivas - Alícuotas
Año 2012
Ingresos Brutos
Capital Federal
Buenos Aires
Santa Fe
Córdoba
Mendoza
Sellos
Año 2011
Ingresos Brutos
Capital Federal
Buenos Aires
Santa Fe
Córdoba
Mendoza
Sellos
Viernes, 08 de Julio de 2011
Mediante Resolución 3/2011, la Comisión Arbitral estableció el criterio con el cual las entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de Tarjetas de Créditos deberán efectuar la distribución de sus ingresos a los fines de calcular los coeficientes de distribución. La norma será de aplicación a partir del ejercicio fiscal 2012.
En efecto, los referidos ingresos deberán atribuirse a la jurisdicción donde los servicios son efectivamente prestados, entendiéndose que:
En cambio, los ingresos provenientes de cargos financieros —compensatorios o financieros—, intereses punitorios y/u otros servicios financieros, se atribuirán en un 80% a la jurisdicción del domicilio del cliente y en un 20% donde se encuentre situada la administración o sede central.
Todo lo anterior es aplicable a aquellas entidades que no estén comprendidas en la Ley 21526 (Entidades financieras), en cuyo caso se aplicará el régimen que establece el Art. 8 del convenio multilateral.