Leyes Impositivas - Alícuotas
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Martes, 10 de Enero de 2012
La AFIP creó un régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación con la finalidad de lograr una mayor articulación entre las distintas áreas del estado, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada una de ellas.
La medida fue dada a conocer en el Boletín Oficial de hoy, mediante publicación de la Resolución 3252-2012 de la AFIP. Para acceder a la norma puede hacer click aquí.
Este nuevo régimen de información, que entrará en vigencia en febrero de 2012, se aplicará a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo y será obligatorio para los siguientes sujetos:
Como se informa en la norma, estos sujetos deberán, en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, producir la información que se indica en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)”, disponible en el sitio web de la Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Por último, se establece que, al momento de oficializar la destinación definitiva de importación para consumo, el Sistema MARIA (SIM) exigirá el número de la “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)” a los fines de realizar los controles de consistencia acordados con los Organismos competentes y verificará que la misma se encuentre validada por todos aquellos a los que les corresponda intervenir.