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Viernes, 17 de Junio de 2011

Trabajador por temporada: se lo debe declarar durante el período de inactividad

A través de la Circular 10/2011 la AFIP aclaró que se debe declarar al trabajador de temporada, durante el período de reserva de puesto, mediante un código especial. Para acceder a la norma haga click aquí.

En efecto, se aclara que:

  1. Los empleadores que contraten trabajadores mediante un contrato de trabajo por temporada, deben continuar declarando a los mismos durante el período de reserva de puesto.
    A tal efecto, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS” o, en su caso, el sistema “Su Declaración” y seleccionar el código “21 - Trabajador de temporada - Reserva de Puesto” de la Tabla “Situación de revista”.
  2. Durante el período de actividad (o “temporada”) el código indicado en el inciso precedente deberá reemplazarse por el que corresponda a la situación laboral del trabajador.

La Circular de la AFIP fue emitida en respuesta a consultas realizadas por parte de los empleadores, referidas a las declaraciones juradas que se confeccionan mediante el programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS” o el sistema “Su Declaración”, correspondientes a los meses comprendidos en el período de  reserva del puesto de trabajo.

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