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Lunes, 25 de Abril de 2011

Se prohíbe promocionar alimentos con alto contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas

Así lo dispuso la Ley 3.754 publicada hoy en el boletín oficial de la Capital Federal. En concreto la nueva norma dispone que "queda prohibido en toda la vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuar publicidades de promociones, descuentos, entrega de regalos o sorteos, atados a la compra de alimentos procesados de elevado contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas, cuando dichos mensajes publicitarios estén dirigidos a niñas, niños y adolescentes".

Lo que busca esta norma es reducir enfermedades crónicas como el sobrepeso y la obesidad, con sus complicaciones inmediatas, como la hipertensión, la diabetes y las enfermedades cardiovasculares en los más jóvenes, y fomentar la alimentación saludable.

Según la Ley "se considera que una publicidad está dirigida a niños, niñas y adolescentes, cuando el mensaje publicitario resulta objetiva y mayoritariamente apto para captar la atención o interés de esa franja etaria".

Por último se considera que un alimento procesado es de “alto contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas”, cuando el mismo sea superior al que determina el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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