Viernes, 12 de Agosto de 2011
El próximo domingo, todas las personas que tengan 18 años o más al día de la elección general (23 de octubre) deberán elegir, entre otros, los precandidatos a: Presidente y Viceprecidente de la Nación; y Diputados y Senadores Nacionales.
En los apartados siguientes se expone una breve guía del proceso de selección de los candidatos que competirán en las próximas elecciones generales del 23 de octubre. La guía se basa en la reciente acordada publicada por la Cámara Nacional Electoral y en la normativa electoral vigente.
En las elecciones primarias, se deben elegir los precandidatos a:
Sólo podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones políticas que para la elección de senadores y diputados de la Nación, hayan obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría.
Para la categoría de presidente y vicepresidente se entenderá el 1,5% de los votos válidamente emitidos en todo el territorio nacional.
El acto electoral se iniciará en todo el país a las 8 horas y finalizará a las 18 horas,
El elector deberá ingresar al cuarto oscuro y procederá a elegir una sola lista de precandidatos por categoría de cargos.
Se puede cortar boleta, pero si se coloca en el sobre más de una lista por categoría (Ej.: dos candidatos a Presidente de distinta lista), el voto será nulo en esa categoría.
La autoridad de mesa dejará constancia de la emisión del voto en el documento del elector, al igual que en las elecciones generales.
El conteo provisional de los resultados de la elección constituye un mero elemento publicitario, carente de relevancia jurídica -y, por tanto, inhábil para poner en tela de juicio la validez de los comicios o de sus resultados- que sólo tiene por finalidad satisfacer el reclamo de la opinión pública de conocer resultados de la elección con la mayor inmediatez, aunque éstos no sean definitivos.
El escrutinio definitivo, único con validez jurídica, es llevado a cabo por la Justicia Nacional Electoral. Se puede consagrar ganador -en casos de diferencias estrechas- a un candidato diferente del que había sido presuntamente elegido según los cómputos provisorios.
La consulta puede efectuarse por Internet en www.electoral.gob.ar o bien en www.padron.gob.ar así como también telefónicamente llamando al 0800-999-padrón (7237).-