Para los cuatro convenios actualmente disponibles ( Comercio, dos de UTHGRA y UECARA ), ahora se pueden modificar los valores definidos por los acuerdos salariales y/o disposiciones legales (básicos, adicionales, incremento solidario, etc.). Además, se puede calcular la "Asignación no Remunerativa del Art. 223 bis LCT", con opciones totalmente configurables de acuerdo a la necesidad de la empresa. En el caso de Gastronómicos (CCT 389/04) y Comercio (CCT 130/75), se pueden cargar las opciones por defecto conforme a los acuerdos suscriptos. También, como informamos en otra oportunidad, se puede agregar el concepto por "Salario Complementario a cargo de ANSES Dto. 332/2020".
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Comentarios
Estoy frente a una ESTAFA ????????]
En relación al SC Anses me informa NO ESTAR REGISTRADO, y no pude cobrar el mes anterior, la primera cuota, y sigo figurando así. Actividad Gastronómica, dos meses sin poder trabajar, en mi carácter de MOZO... Agradecería pronta respuesta.
P.D.: LA EMPRESA HIZO EL TRÁMITE, Y RECLAMO CON POSTERIORIDAD.
CUIL: 20-18338385-0
CREO QUE ME ESTAN MINTIENDO PARA PAGAR MENOS, SOY EMPLEADO DE COMERCIO
saludos
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