El recibo se encuentra actualizado con el último acuerdo firmado en ABRIL 2024 (ver aquí - 40,46% tres tramos mensuales).

Artículos relacionados:

 

RECIBOS ACTUALIZADOS CON ACUERDO DE FECHA 25/04/2024 (ACUERDO Y ESCALAS - CLIC AQUÍ).

EL RETROACTIVO DE FEBRERO, establecido por el acuerdo de Marzo, SE PUEDE CONFIGURAR DENTRO DE LA PESTAÑA "RETROACTIVO". SI SE DESEA CAMBIAR LA BASE DE FEBRERO POR LA NUEVA ESCALA, SE PUEDE EDITAR EL CAMPO "Valores por Defecto" a "Escala Período Actual", dentro de la pestaña "Bases Salariales".

Cargando recibo

( por favor aguarde un momento )

Si la carga demora más de un minuto, verifique que posea la última versión del navegador instalada:

 

Comentarios

+3 #28232 Pablo Goffi 04-12-2020 11:31
Consulta en UECARA en la parte administrativa, te tienen que subir de categoría cada 5 años, esto es así o no, muchas gracias, saludos
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+4 #27639 Ojeda8 08-10-2020 20:26
Buenas Noches, consulta el incremento solidario sigue vigente, supuestamente me dijeron que em acuerdo venci en marzo 2020
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #28091 CENTER BUILDING 18-11-2020 13:44
2. ¿Hasta cuándo se debe pagar este importe?

El decreto establece que el incremento solidario deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias. Por consiguiente, el mismo continuará abonándose hasta que se negocien los futuros incrementos para el respectivo sector que corresponda. En este punto, debe tenerse en cuenta que si bien puede asimilarse este importe a un pago a cuenta de futuros aumentos, al estar indicado que será absorbido por las futuras paritarias, no podría ser compensado con incrementos que provienen de acuerdos salariales celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto, y que aun tengan pendientes de aplicación incrementos escalonados. En efecto, en este caso que planteamos, no se podría considerar que dichos incrementos provengan de “futuras negociaciones”, sino de negociaciones “pasadas”, que aún tienen tramos pendientes de ejecución. Tampoco puede compensarse con incrementos “a cuenta de futuros aumentos” que hubieran sido otorgados por el empleador en forma unilateral con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+14 #27230 Conce 04-09-2020 13:06
Es una vergüenza que este sindicato no pelea ni defiende a los trabajadores,debería tener un poco de vergüenza y ponerse a favor de los empleados que trabajan como esclavos.de donde sale sus sueldo de ustedes??? Gracias a estos burros que trabajan dia y noche ustedes están sentados ahí rascándose las bolas ,como puede ser que que la empresa quiera descontar el ATP donde esta decretado eso??? Tienes que orientar más a los empleados hagan una página publiquen todas las novedades de sus derechos DEFIENDALOS QUE PARA ESO LES PAGAA PARES DE INÚTILES INCOMPETENTES LACRAS EXSORBONISTA DE BUITRES.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+6 #27678 loco 14-10-2020 16:56
son unos ladrones, ni aumento hubo este año, ahhh pero con macri todos rompiendo las pelotas. Con estos de su palo se bajaron los lienzos
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+3 #27187 Juan Carlos Medina 01-09-2020 09:21
Hola trabajo enel contrición hace 1año y 5 meses y ahora me despidieron por la cuarentena me tiene q liquidar doble cómo está en la ley o no
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+1 #27060 Marisa E 21-08-2020 00:40
Que ocurre si el empleador no presenta la nota del acuerdo dto 233 bis en el ministerio de trabajo. ¿ el empleado se perjudica?
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #27052 Fernando almiron 20-08-2020 12:35
.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+1 #26614 luis flores 04-07-2020 09:18
Buen dia necesito saber si existe alguna escala para liquidar los sueldos de junio de UECARA gracias
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #26554 Carlos Suarez 30-06-2020 23:25
Hola, en mi caso llevamos desde el 1-4 suspendidos por art 223 entendemos que la empresa planteó esa opción para pagar como no remunerativos además de rebajarnos desde un 25% y en alguna caso el 40% , como se debería contemplar la liquidación del SAC? El 100% o el 50% considerando que "trabajamos" solo 3 meses en el año?

Gracias.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #26539 SONIA BEATRIZ 30-06-2020 12:46
BUENOS DÍAS, NECESITO LIQUIDAR LOS SUELDOS DE UECARA Y EL EMPLEADOR QUIERE DESCONTAR EL ATP DE JUNIO, ES CORRECTO HACERLO SI AUN NO SABEMOS SI LO OBTENDREMOS Y CUANDO SE VA A ABONAR
MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN QUE SUBÍS
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+6 #26153 Méndez Walter Pemino 09-06-2020 06:57
Hola tendrás el listado de precios de mano de obra por metros cuadrados de construcción Ej revoque $ paredes $ techo$?
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador

Escribir un comentario

POR CONSULTAS SOBRE SUSCRIPCIONES, ESCRIBIRNOS a estudio@jorgevega.com.ar